Federación se une a la reivindicación de Autismo España solicitando al Gobierno que las personas con autismo puedan salir a la calle de forma excepcional

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Asociacion autismo burgos

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El Real Decreto que regula el estado de alarma no concreta la situación específica de las personas con trastorno del espectro del autismo, afectadas especialmente por la regulación

La permanencia indefinida en su domicilio puede suponer alteraciones significativas de su comportamiento o afecciones graves a su bienestar psicofísico y personal

La Confederación Autismo España, que agrupa y representa a más 133 entidades específicas y especializadas de personas con trastorno del espectro del autismo (TEA) y sus familias, ha solicitado al Gobierno de España que las personas con TEA puedan, de forma excepcional, salir solas o acompañadas a la calle cuando sus circunstancias así lo requieran. El objetivo es que las personas con algún tipo de discapacidad, y en especial las personas con TEA, puedan acogerse a las excepciones que marca el Real Decreto de medidas urgentes que delimita la libre circulación de personas en la vía pública.

Aunque desde el colectivo se está muy concienciado sobre la importancia del aislamiento para contribuir a frenar la curva del Covid-19, Autismo España ha puesto en conocimiento de la Dirección General de Políticas de Discapacidad junto al Comité de Representantes de personas con Discapacidad (CERMI) la enorme problemática que supone el confinamiento para estas personas. Así pues, la permanencia indefinida en su domicilio puede suponer alteraciones significativas de su comportamiento o afecciones graves a su bienestar psicofísico y personal.

Las personas con TEA requieren rutinas estables y predecibles, y los cambios tan radicales en su vida cotidiana pueden tener consecuencias en su salud y en las de sus familiares: altos niveles de ansiedad, estrés, conductas desafiantes, pérdida de su autoregulación y en las situaciones más extremas, incluso pueden poner en riesgo su integridad física, especialmente de aquellas personas con TEA que vivan solas o tengan un círculo de apoyo reducido.

Por este motivo Autismo España junto al CERMI, ha solicitado al Gobierno, que de forma expresa elabore una instrucción con base al Artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que garantice la flexibilidad de movimiento para la población con discapacidad que lo precise, como es el caso de las personas con TEA. Confederación Autismo España ha recogido quejas de familias que han sido multadas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado por salir a la calle, así como directrices contradictorias de diferentes instituciones públicas del país.

Mientras en alguna Comunidad Autónoma se restringe en exceso la capacidad de movimiento de las personas con TEA que están en residencias limitando su confinamiento al de su habitación, “evitando, en la medida de lo posible, los espacios comunes”, en otros Ayuntamientos, se da luz verde a que las personas con TEA puedan salir puntualmente a la vía pública.

Pedimos una instrucción común y clara que recoja nuestras peticiones. La ambigüedad de la norma no garantiza, a día de hoy, que las personas con TEA que lo requieran puedan salir a la calle durante el periodo del estado de alarma y prueba de ello son las situaciones que constantemente se están dando en estos momentos de desprotección, y de diferente regulación respecto al lugar de residencia. Autismo España hace esta petición a través de la Dirección General de Políticas de Discapacidad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Además, a través de CERMI se ha trasladado dicha problemática al Ministerio del Interior para que haga lo propio con la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

No obstante, pese al riesgo que supone esta situación de indefinición, en los casos en los que las familias voluntariamente se vean en la necesidad de salir, desde Autismo España en colaboración con el CERMI, les estamos recomendando que:

  • Lleven consigo el certificado de discapacidad
  • Invoquen el propio artículo 7 del Real Decreto, que en sus letras g) y h) avala la circulación por vía pública por causa de fuerza mayor o situación de necesidad, o por causa justificada)

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