El Ayuntamiento de Burgos recuerda las bonificaciones del IBI para familias numerosas, con descuentos de hasta el 90%
Ayuntamiento de Burgos
Las solicitudes deberán presentarse antes del 27 de febrero de 2026 para que la rebaja se aplique en el ejercicio correspondiente. Las reducciones se aplican en función del valor catastral de la vivienda y de la categoría de la familia numerosa
El Ayuntamiento de Burgos mantiene las bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) dirigidas a las familias numerosas del municipio, que pueden alcanzar hasta el 90% de la cuota íntegra del impuesto en función del valor catastral de la vivienda y de la categoría de la familia. Para beneficiarse de esta reducción fiscal, las personas interesadas deberán presentar la solicitud antes del 27 de febrero de 2026, último día hábil del mes de febrero.
Tal y como recoge el artículo 14 de la Ordenanza Fiscal nº 507 reguladora del IBI, podrán acceder a esta bonificación los sujetos pasivos del impuesto que ostenten la condición de titulares de familia numerosa conforme a la Ley 40/2003, de Protección a las Familias Numerosas, siempre que la vivienda objeto de la bonificación constituya su residencia habitual. A estos efectos, se considera vivienda habitual aquella destinada de forma permanente al uso residencial de la unidad familiar y en la que figuren empadronados sus titulares.
La bonificación se aplicará únicamente a una vivienda por unidad familiar, incluso en el caso de que el sujeto pasivo sea titular de más de un inmueble en el municipio, y siempre que el valor catastral de la vivienda esté debidamente individualizado. Además, será requisito indispensable que el solicitante esté empadronado en Burgos, que el título de familia numerosa se encuentre en vigor y que se esté al corriente en el pago de las obligaciones tributarias por este impuesto.
Los porcentajes de bonificación varían según el valor catastral de la vivienda y la categoría de la familia numerosa. Para viviendas con un valor catastral de hasta 204.000 euros, la bonificación será del 90% tanto para familias de categoría general como especial. En el tramo comprendido entre 204.000 y 408.000 euros, la reducción será del 50% para la categoría general y del 80% para la especial. En el caso de viviendas con un valor superior a 408.000 euros, la bonificación alcanzará el 10% para familias numerosas de categoría general y el 30% para las de categoría especial.
Una vez concedida, la bonificación se mantendrá en ejercicios sucesivos sin necesidad de presentar una nueva solicitud, siempre que se conserven las condiciones que dieron derecho a su aplicación. No obstante, la pérdida de vigencia del título de familia numerosa o el cambio de domicilio de la vivienda habitual implicarán la pérdida del derecho a la bonificación, siendo necesario aportar la documentación renovada o presentar una nueva solicitud dentro de los plazos establecidos.
Las solicitudes pueden tramitarse de forma presencial en las Oficinas de Atención al Contribuyente (BAC) de la Plaza Mayor o de Gamonal-Capiscol, con cita previa, a través de la Oficina Virtual Tributaria o mediante el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos. Para su tramitación será necesario presentar la instancia general debidamente cumplimentada, indicando la referencia catastral del inmueble, junto con el documento acreditativo en vigor de familia numerosa.
Desde el Ayuntamiento se recuerda que las solicitudes presentadas fuera de plazo no surtirán efecto en el ejercicio en curso, aplicándose la bonificación en el año siguiente al de su presentación.
