CyL aprueba un nuevo reglamento de la Denominación de Origen Ribera del Duero

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Bajo la tutela del Itacyl, esta figura de calidad ha alcanzado recientemente la acreditación en la Norma ISO 17065. Se pretende conseguir así una gestión más moderna de la DO, atribuyendo una mayor responsabilidad a los operadores y la implantación de sistemas de control más eficaces

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado esta semana la Orden por la que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural aprueba el nuevo Reglamento de la Denominación de Origen Ribera del Duero.

Esta D.O. fue creada por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 21 de julio de 1982. La evolución de la normativa vitivinícola en la década de los años 80, así como la adhesión de España a las entonces denominadas Comunidades Europeas obligó a redactar un nuevo Reglamento en 1992. Desde entonces esta norma reguladora, con algunas modificaciones puntuales, ha sido la base del funcionamiento de la Denominación de Origen y de su Consejo Regulador.

Modificaciones en la ley

Casi treinta años después se han producido cambios significativos, no solo desde el punto de vista legal, sino también en aspectos técnicos como el funcionamiento de estas figuras de calidad y, sobre todo, en lo que se refiere a las exigencias actuales en el plano de la seguridad y calidad alimentaria. Todo ello hacía necesario aprobar una nueva normativa para esta Denominación de Origen.

La modificación de la Ley de la Viña y del Vino de Castilla y León por la Ley Agraria de Castilla y León, así como del Reglamento de las Denominaciones Geográficas de Calidad Alimentaria de Castilla y León, que entró en vigor en enero de 2019, han permitido conformar la nueva normativa de la Comunidad Autónoma en materia de calidad diferenciada, adaptada al marco legal de la Unión Europea, ahora definido por el Reglamento nº 1308/2013 (OCM única).

Una de las cuestiones más determinantes de este nuevo marco normativo es la obligación de que las denominaciones de origen vínicas de Castilla y León se acrediten en la Norma UNE-EN-ISO 17065, para poder llevar a cabo el control y certificación del producto. Esta norma ISO especifica los criterios generales que debe seguir un organismo de certificación de producto para que sea reconocido a nivel nacional, europeo e internacional, como competente, y se acredite la extrema rigurosidad de sus controles.

Novedades del Reglamento

Destacan especialmente los siguientes aspectos:

  • se actualiza el funcionamiento de los registros del Consejo Regulador -de parcelas de viñedo y de bodegas-, lo que permitirá una gestión más eficaz de este importante instrumento de control y una mayor implicación de los operadores mediante la declaración responsable.
  • creación del Área de Certificación del Consejo Regulador, encargado de desarrollar las actividades propias de un organismo de certificación de producto, siendo su ámbito de actuación la certificación de vino de la DO Ribera del Duero. Todo ello conforme a la Norma ISO 17065.
  • se ha simplificado el sistema de declaraciones para el control, tratando de disminuir en lo posible la excesiva burocratización que sufren las bodegas, aprovechando el régimen de declaraciones obligatorias que ya presentan.

A este respecto, el consejero Jesús Julio Carnero ha señalado que “con esta nueva reglamentación se pretende una gestión más moderna de la Denominación de Origen, atribuyendo una mayor responsabilidad a los operadores y la implantación de sistemas de control más eficaces y con mayores garantías para los mercados y los consumidores”.

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