La Junta destina 5,4 millones de euros en ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social en los alquileres de vivienda habitual de arrendatarios en situación de vulnerabilidad por el COVID-19

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En el marco de la regulación estatal (Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo) la Consejería de Fomento y Medio Ambiente convoca una nueva línea puntual de ayudas al alquiler para personas arrendatarias de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad que, como consecuencia del COVID-19, tengan dificultades transitorias para pagar su contrato de alquiler o para devolver las ayudas transitorias de financiación puestas en marcha por el Gobierno de España. Con un presupuesto global de 5,4 millones de euros, esta convocatoria complementa las medidas ya aprobadas por la Junta para inquilinos y adquirentes de viviendas promovidas por la Junta de Castilla y León.

Las personas o familias arrendatarias de una vivienda en alquiler que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y social, en el actual contexto del estado de alarma ante la pandemia por coronavirus, pueden acogerse a una convocatoria especial de ayudas de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta, que prevé publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León del próximo jueves día 7 de mayo de 2020, con un presupuesto global de 5,4 millones de euros.

Destinatarios de las ayudas

Pueden ser beneficiarios de esta convocatoria de ayudas las personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID–19, tengan problemas transitorios para atender al pago total o parcial del alquiler, o para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo (préstamos avalados por el Estado y ofrecidos por las entidades bancarias a las personas arrendatarias, sin gastos ni intereses para ellas, y que podrán ser devueltos en un plazo de 6 años, prorrogables excepcionalmente por otros 4 años).

Vulnerabilidad económica y social sobrevenida 

Para poder solicitar estas ayudas las personas arrendatarias deberán reunir dos requisitos acumulativamente:

1º) haber sufrido desde el 14 de marzo una pérdida sustancial de ingresos por desempleo, ERTE, reducción de jornada por motivos de cuidados, cese de actividad, u otras circunstancias similares, de manera que el conjunto de los ingresos netos de los miembros de la unidad familiar no alcance, en el mes anterior a la solicitud de la ayuda, tres veces el IPREM (Indicador Público de Rentra de Efectos Múltiples) con carácter general; cuatro IPREM para unidades familiares con algún miembro con discapacidad mayor o igual que 33%, dependencia o incapacidad permanente; o 5 IPREM para persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o discapacidad intelectual mayor o igual que 65% o enfermedad grave que incapacite a la persona o a su cuidador para realizar una actividad laboral (un IPREM son 537,84 €), y

2º) que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos (electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, servicios de telecomunicación fija y móvil y comunidad de propietarios) resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

Otros requisitos

Los solicitantes tienen que estar al corriente de pago de la renta de 3 últimas mensualidades inmediatamente anteriores a la solicitud (desde el inicio del contrato si este tiene una vigencia inferior).

Subvención de 4 mensualidades

La convocatoria establece una ayuda de hasta 4 mensualidades de renta (entre abril y septiembre de 2020), hasta un máximo de 500 euros por mes, o hasta 2.000 euros en el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación señaladas antes (recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo).

Las ayudas tienen carácter finalista y no podrán aplicarse a otro destino que el pago de la renta del alquiler o la cancelación total o parcial de las ayudas transitorias de financiación reguladas en el mencionado Real Decreto-Ley 11/2020.

Atendiendo a la exigencia de la regulación estatal, el procedimiento de concesión de las ayudas se realizará en régimen de adjudicación directa, por lo que su otorgamiento se efectuará por orden de presentación de solicitudes, desde que el expediente de solicitud esté completo.

El plazo para presentar las solicitudes permanecerá abierto desde el día que se determine en la orden de convocatoria que se publicará el jueves día 7 de mayo en el Boletín Oficial de Castilla y León, hasta el 30 de septiembre de 2020.

Complementa las medidas ya aprobadas por el Gobierno autonómico para inquilinos y propietarios de viviendas promovidas por la Junta

Esta convocatoria la Consejería de Fomento y Medio Ambiente se suma a la línea de ayudas ya aprobadas en materia de vivienda en apoyo de los inquilinos y adquirentes de viviendas de promoción pública de la Junta de Castilla y León. El pasado 16 de abril se aprobó en Comunidad el Decreto-Ley 2/2020, por el que durante un máximo de 4 meses se condona el 50% de la renta de alquiler de los inquilinos de viviendas propiedad de la Junta y se aplaza el pago del otro 50%, que se puede satisfacer prorrateado durante un máximo de 3 años. Asimismo, en el mismo Decreto-Ley regional se acuerda una moratoria en el pago de las cuotas de compra para los adquirentes de viviendas propiedad de la Junta de Castilla y León durante un máximo de 4 meses, siendo las cantidades aplazadas reestructurables durante un máximo de 3 años.

También se ha ampliado el presupuesto para las ayudas ordinarias al alquiler en más de 3,4 millones de euros.

El Consejo de Gobierno del pasado día 9 de abril acordó también suplementar los fondos de las ayudas ordinarias del Plan de Vivienda con otros 3.450.000 millones de euros para proceder a rescatar a las familias que habían quedado en lista de espera tras la primera asignación de 15,3 millones de euros, con lo que las ayudas ascienden a 18.738.300 millones de euros.

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